Señor Juez:.... por derecho propio con domicilio real en.... de esta ciudad y constituyendo el legal juntamente con mi letrado patrocinante Dr..... (CPACF Tº.... , Fº.... ) en.... , en los autos ".... " (Expte..... ) a V.S. respetuosamente me presento y digo:
1. Recuso sin causa al señor juez en uso de la facultad del art. 14 CPCCN.
2. Planteo la nulidad de la notificación de la demanda en los términos del art. 172 CPCCN, ya que las firmas de la cédula y de la copia de la demanda no pertenecen al mandatario de la actora y consecuentemente dicho acto de notificación no existe (art. 1012 del CCRA). En el caso de perder el juicio, los intereses serán computados a partir de la notificación de la demanda, y en tal caso, me produce perjuicio figurar como notificado el.... , sin que concurran las condiciones de validez de los autos transcurridos, atento la falsedad que alego sobre la firma. A los fines de este planteamiento de falsedad y nulidad no tendrá valor alguno que el interesado se presente a reconocer su firma, porque ello sería en su propio interés y en mi exclusivo perjuicio. De manera que ofrezco prueba pericial caligráfica a fin de acreditar la falsedad que alego y la inocuidad del acto transcurrido. Sin perjuicio de lo expuesto y subsidiariamente para el caso de que vencidas todas las instancias la nulidad/falsedad fuera rechazada, dejo planteado el caso federal por la prioridad del art. 1012 del CCRA (según arts. 31 y 75 inc. 12 de la CN94) sobre cualesquiera otras normas locales, y paso a contestar de todas maneras la demanda y a oponer excepciones.
3. Opongo la excepción de previo y especial pronunciamiento de defecto legal, que fundo en el art. 347, inc. 5º CPCCN. Concurren diversas razones de contradicción, improcedentes y oscuridad, cada una de las cuales separadamente, y con mayor razón todas en su integralidad, originan defecto legal y dificultan la posibilidad de contestación correcta y del pleno ejercicio del derecho de defensa garantizado por el art. 18 de la CN: a) Se me demanda "y/o" con otra suerte de demandados. Según sea "y" o según sea "o", resultan dos formas de integración del juicio totalmente diferentes; de manera que una cosa es demandar a "Juan y a Pedro" y otra cosa es demandar a "Juan o a Pedro". En otras palabras, demandar "y/o" es demandar dos cosas o situaciones o personas inconciliables. Lo precedente hubiera sido escoger uno u otro supuesto: o demandarme solo, o demandarme con otros. Pero ambas cosas simultáneamente, vician el proceso y violan el derecho de defensa, originando incongruencia y oscuridad. b) En la demanda se pide la citación "en garantía" de.... , pero poco después se solicita que se la traiga al proceso en el carácter de "codemandada", para, en el petitorio, solicitarse condena "en forma solidaria para los demandados", o sea,.... y el suscripto. Las formas y efectos solicitados resultan incongruentes y opositores entre sí, dado que una intervención en garantía es accesoria, y una condena al deudor accesorio no puede ser solidaria, en tanto exige perseguir primeramente el deudor principal art. 699 CCRA). Dice el art. 705 de este CCRA, que el acreedor puede exigir el pago juntamente contra todos los deudores solidarios o contra cualquiera de ellos. El art. 118 de la ley 17.418 (CCORA) que según la demanda es fundamento de la citación de.... , solamente admite la citación "en garantía", o sea meramente subsidiaria, y no, solidaria. Como se advierte, las citas de la demanda, sus menciones en partes diversas de la misma, la cita legal contenida en la demanda y el contenido del petitorio, constituyen cuestiones opuestas entre sí, y caminos inconciliables, sólo uno de los cuales podrá ser elegido por el demandante. Mientras tanto, es procedente la excepción de defecto legal. Dice textualmente el art. 524 CCRA, que "Las obligaciones son accesorias a las personas obligadas, cuando éstas las contrajeran como garantes o fiadores", lo que resulta relevante para el caso que tratamos. c) En la demanda se formulan estimaciones de cantidades, agregándose que en definitiva deberá pagarse (cap. IV de la demanda, Monto), "lo que en más o en menos surja de las probanzas de autos". Estas conceptuaciones resultan opositoras de la estimación, máxime en cuanto hace a la referencia de "lo que en más" pueda surgir, introducen confusión en el debate, si no se aclaran los términos podría legalizarse una condenación final en "pluspetitio", y desvirtúan el objeto perseguido al exigir el art. 330 CPCCN la precisión del monto reclamado. La apertura por lo demás -y aunque se use frecuentemente esa fórmula ventajera- es inadmisible en cuanto que de permitirse con la extensión pretendida en este juicio, impediría -en desmedro de mi parte y del principio de igualdad tutelado por el art. 16 de la CN, todo supuesto de pluspetición inexcusable (art. 72 CPCCN). d) La demanda tiene otras oscuridades, por ejemplo, la determinación de la fecha del supuesto pago de las reparaciones, importante a todo evento para la determinación del alcance del reclamo de intereses. Tampoco se cuenta con un detalle de los daños porque se hace remisión a un presunto presupuesto agregado, el que -obviamente- no formula mención sobre qué sería lo presuntamente dañado por el accidente, y qué no. Tampoco se aclara si el vehículo estaba estacionado a la derecha o a la izquierda, hora, etc., teniendo en cuenta de que se habría tratado de la avenida.... , de estacionamiento prohibido: omisión que dificulta una adecuada defensa. e) En el cap. II de la demanda se incluye al "propietario", al "tenedor", al "usuario", al "poseedor", "al civilmente responsable" (¿?), etc., haciéndose un surtido de situaciones que en un proceso en serio no es dable admitir, porque el demandante que no se ha tomado el trabajo mínimo de averiguar a quién debe demandar, tiene los medios legales predemanda, para llegar a las conclusiones que le convengan (arts. 323 a 329 CPCCN).
4. Conclusiones: a) Me opongo a la procedencia de mi citación a reconocer firmas y documentos, pedida como prueba por la actora. No existen firmas mías y en cuanto a los documentos mi pronunciamiento es en esta contestación (arts. 356 inc. 1º, y 393 y conc. CPCCN). b) Me opongo a la agregación de una supuesta carta misiva de.... a la actora, que se adjuntó con la demanda y deberá desglosarse, no solamente por lo establecido en el art. 1036 del CCRA, sino porque no hace a hechos conducentes alegados por la actora que se refieran a ella o que ellas se refieran a hechos alegados en la demanda (arts. 360 y conc. CPCCN). El art. 364 CPCCN, establece que "no podrán producirse pruebas sino sobre hechos que hayan sido articulados por las partes en sus respectivos escritos". c) Me opongo al oficio al taller.... porque no se individualiza la prueba documental a que ese oficio se referirá. d) Me opongo al oficio a la Policía Federal porque se pide autenticidad sobre un acta "que se adjuntará" o sea que no está en autos. e) Me opongo al oficio al Registro Automotor porque no dice desde ya qué se iba a pedir o qué se pide a ese registro. f) Me opongo al oficio a la citada en garantía, porque no puede ser medida de prueba pedir un informe a la parte, así fuera ésta accesoria, como.... La parte habla en su contestación, en la absolución de posiciones y cuando el magistrado lo pregunte, solamente. g) Me opongo a los oficios "a las entidades supervisoras de las matrículas de profesionales médicos" (así dice el ofrecimiento de prueba), porque no se indican los nombres y direcciones de esas supuestas entidades. h) Me opongo a la pericia de.... (ingeniero) y sea como fuere en todo caso y desde ya mi parte formula la manifestación del art. 478 CPCCN en el sentido que no cargará con gastos ni honorarios de la pericia. La oposición a la prueba se basa en la inocuidad de la misma en este momento, en que no corresponde que un ingeniero perite la materia que se pretende y que la totalidad de los puntos de pericia son absolutamente impertinentes. Por ejemplo, el punto 1, pide determinar hechos "con las constancias de autos" (que no dice cuáles, como si el perito fuese un juez y no un informante técnico). El punto 2, parte de hipótesis para llegar también a hipótesis y no tiene fondo técnico o científico. El punto 3, contiene una pregunta que en este momento sólo un adivino podría contestar y tampoco hace a lo técnico o científico. El punto 4, si el vehículo fue dañado y fue arreglado, ignorada incluso una posible extensión, tampoco tiene contestación peritable. El punto 5 es materia privativa del juez e indelegable en un perito. El punto 6 es insólito ante la ignorancia total de todo antecedente, a menos que se tome como cierto la mera expresión de la actora. El punto 7 "indique si por la colisión se afectaron partes vitales del rodado" quiere transformar al perito en un testigo y en imperitable, desde que no nos encontramos ahora ni se podrá encontrar, ahora, el perito, ante la supuesta colisión, etc. i) Me opongo a la producción de la prueba de testigos porque se han ofrecido testigos a declarar en otra jurisdicción y no se han agregado los interrogatorios, cosa exigida por el art. 453 CPCCN que dice al final, que "No se admitirá la prueba si en el escrito no se cumplieren los requisitos" (diligenciar el interrogatorio). Otra razón para el rechazo de esta prueba es la falta de profesión de los testigos (art. 429 CPCCN) parte inicial de dicha norma.
5. En las condiciones que antes tengo manifestadas paso a contestar la demanda, negando desde ya todo lo afirmado en la misma y la autenticidad de todos y cada uno de los documentos agregados. Niego que la actora tenga acción contra el suscripto. Niego que la actora sea dueña del automóvil del que habla y que sea mío el que me adjudica la demandante. Niego que haya existido el accidente a que se refiere la demanda y que haya sufrido daño alguno en cualquier circunstancia cualquier auto estacionado donde indica la demanda, incluido el supuestamente del autor. Niego haber usado o conducido el automóvil a que se refiere la demanda o haber atropellado a bien alguno del demandante. Niego por tanto culpa o responsabilidad alguna en ninguna de las circunstancias o hechos que describe la demanda. Niego que el demandante tenga contratado el seguro que dice y niego que en el supuesto hecho denunciado por el actor haya intervenido o actuado autoridad o persona alguna o testigos o terceros o usuarios o conductores del vehículo a que se refiere la demanda. Niego que los daños del vehículo a que se refiere la actora procedan del choque a que se refiere la demanda o algún otro, niego que se lo haya arreglado, niego que se lo haya reparado, niego que se lo haya pagado y niego todo daño por falta del vehículo de cualquier clase. Niego que el vehículo a que se refiere la actora se haya desvalorizado y niego cada uno de los rubros y cada uno de los montos de los rubros, contemplados en la demanda. Niego la jurisprudencia, derecho y citas legales de la demanda como apoyando la demanda que contesto. Niego la autenticidad del aviso de recibo raído con la demanda. Niego la autenticidad del croquis y demás menciones del supuesto accidente adjuntados por la actora. Niego la autenticidad y recepción de las cartas documento agregadas por la demandante. Niego la autenticidad y la validez de los supuestos presupuestos y detalles de obras supuestamente de la casa.... Niego la validez de una identificación de automotor que aparecería emanada del acto quien sería su firmante. Niego que tenga valor la certificación notarial sobre validez de fotocopias, porque no se trata de diligencias para las cuales los notarios se encuentren habilitados, y una fotocopia no es instrumento en el sentido legal, art. 1012 CCRA. Niego validez y veracidad a todo otro documento agregado con la demanda proveniente supuestamente de.... , de.... o de la propia demandante. En subsidio de mi oposición niego veracidad, validez y autenticidad a la supuesta carta de.... traída con la demanda. Niego autenticidad a todos y cada uno de los papeles/documentos agregados por el actor en su demanda.
6. Para la correspondiente peritación y para ser guardados como prueba de la nulidad/falsedad opuesta, adjunto las copias de la demanda y la cédula, recibidas con la notificación de la demanda. Deber ser de inmediato guardados estos elementos, en la caja de seguridad del Juzgado y reservarse este Expte. a los fines ulteriores.
7. Ofrezco prueba: a) Absolución de posiciones del actor; b) Declaración testimonial de los señores.... , abogado, domiciliado en.... de esta ciudad, y.... , técnico, domiciliado en.... de esta ciudad; c) Las copias de la demanda y el original de la cédula recibidas; d) Se librará oficio al Señor Intendente Municipal de la ciudad de.... , para que se informe si está permitido el estacionamiento de automóviles en la calle.... , paralelo a ambas veredas, entre las numeraciones.... hasta el.... 8. Otro reparo de oscuro libelo: Al ir a ofrecer la prueba de oficio a la Municipalidad encuentro otra causa de defecto legal: Intencionadamente la actora omite decir en qué numeración y en qué acera de la Av..... se habría hallado estacionado el automotor a que se refiere la demanda que habría sido chocado. PETITORIO: 1) Se me tenga por parte, presentado y domiciliado; 2) Se haga lugar a la recusación sin causa; 3) Se ordene la guarda en caja fuerte de la documentación; 4) Se tenga presente la prueba ofrecida; 5) En su hora se rechace con costas la prueba de la actora a la que me he opuesto; 6) Se haga lugar con costas a la nulidad y falsedad aquí planteadas; 7) Se haga lugar a la excepción de previo y especial pronunciamiento de defecto legal con costas; 8) Se tengan presentes todas mis negativas; 9) En su hora se rechace la demanda en todas sus partes con costas. SERA JUSTICIA.
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