miércoles, 19 de diciembre de 2012

Formulario de tramite por denuncias de violencia familiar


A través de un convenio con el Ministerio de Justicia bonaerense, la Corte provincial elaboró un formulario específico para que las denuncias por violencia familiar se tramiten con mayor celeridad. Así se evitará el trámite normal que por la demora que genera puede poner en peligro a las personas involucradas.
Uno de los problemas que afrontan las víctimas de la violencia familiar es la falta de respuestas rápidas de parte de la Justicia frente a la situación que están atravesando. Teniendo en consideración la gran cantidad de críticas realizadas en este sentido, desde la Suprema Corte de Buenos Aires (SCBA) se elaboró un formulario particular para las denuncias de este caso, en orden a brindar mayor velocidad a su tratamiento.

En un convenio suscripto junto al Ministerio de Justicia provincial, el Máximo Tribunal bonaerense aprobó el nuevo sistema que será utilizado en las comisarías de toda la provincia, que a su vez permitirá la inmediata intervención del Poder Judicial.

El formulario permitirá que “los Tribunales y Juzgados de Familia y de Paz que deban intervenir a partir de este tipo de denuncias puedan contar, de entrada, con datos y elementos de juicio que agilicen la adopción de medidas en beneficio de las víctimas de violencia en el ámbito doméstico”, como se establece en el documento.

En este sentido, el presidente de la SCBA, Eduardo de Lázzari aseguró que "tenemos la aspiración permanente de mejorar la prestación de necesidades básicas, elementales y mínimas en materia de violencia familiar, un tema que a todos nos preocupa mucho. Por eso creo que este convenio de mutua colaboración va a generar resultados positivos en ese sentido".

El ministro de Justicia, Ricardo Casal, agregó que "la provincia ha puesto proa respecto de la violencia de género, la igualdad de género, la trata de personas y todo lo referido a esta problemática ha tenido una actividad muy intensa este año”. 

“Culminarlo con este formulario único aplicado por la Justicia y por las áreas policiales que tomen la denuncia es marcar un avance en el ordenamiento administrativo y facilitar la gestión. Es marcar también un criterio muy claro de dónde está cada poder atendiendo a esta endemia que es la violencia familiar y la violencia género", aseguró el titular del Ministerio.

Las preguntas realizadas en el nuevo sistema de denuncia están apuntadas a las cuestiones de género, teniendo esta línea en consideración ante todo. Al mismo tiempo, la denuncia de una persona puede abarcar más casos dentro de la misma familia, por lo que se concreta un avance en torno a la posibilidad de responder por terceros.

Con la entrega del formulario también se brinda información para hacer frente a la situación en el plazo inmediato, donde además de figurar datos como teléfonos y direcciones útiles, se brindan precisiones como el Juzgado que llevará el caso y la forma de acceder a la asistencia letrada gratuita.

miércoles, 28 de septiembre de 2011

REX-sentencia recurrible - Integración del tribunal

La resolución del Presidente de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial que a los efectos de integrar el Tribunal con motivo de las excusaciones producidas, dispone el pase de los autos a la Cámara en lo Penal, no reviste carácter de definitiva en los términos del artículo 278 del Código Procesal Civil y Comercial, desde que por ser anterior a la sentencia no pone fin al pleito ni impide su continuación. CPCB Art. 278 SCBA, Ac 39300 I 8-3-1988 CARATULA: La Vicuña S.R.L. c/ Trapaga, Aníbal H. s/ Incidente de reajuste MAG. VOTANTES: Ghione - Vivanco - San Martín - Laborde - Mercader

viernes, 2 de septiembre de 2011

Amplían a todo el país el uso del oficio electrónico para agilizar los juicios

La Comisión Nacional de Gestión Judicial realizó esta semana una jornada de capacitación, dirigida a las cámaras federales de apelación radicadas en las provincias, sobre el uso del oficio electrónico para solicitar el envio de expedientes entre tribunales y al Archivo General del Poder Judicial. Fue este martes, por videoconferencia, y estuvo encabezada por el presidente de la Corte Suprema, Ricardo Lorenzetti. Hubo un total de 300 participantes, aproximadamente, entre magistrados, funcionarios y empleados judiciales de todo el país. Desde julio último, la Corte dispuso la oblitoriedad del oficio electrónico para sus pedidos de expedientes y para los que se envian al Archivo General para todos los fueros de la Capital Federal. Se suprimió el “oficio papel”, lo que permite agilizar los procesos judiciales. Ahora, la Comisión Nacional de Gestión -que integran jueces de todo el país y que preside Lorenzetti- busca extender su uso a la Justicia federal radicada en las provincias. Cómo funciona Funciona así: cada interesado ingresa con su usuario y contraseña a un sistema web de comunicación interna del Poder Judicial. Allí completa una serie de datos en el oficio, que tiene formato digital. Una vez guardados los datos, el sistema envía automáticamente un correo electrónico de aviso a la dependencia a la que fue solicitado el expediente. El primer fuero de la Capital en utilizarlo fue el de la Seguridad Social. Fue en el año 2009, como prueba piloto. Luego se incorporaron los demás tribunales y en todos los casos “se demostró su utilidad en función de la reducción de tiempos insumidos para el diligenciamiento de este tipo de solicitudes a la vez que no se verificó repudio alguno vinculado con la validez de las medidas cumplidas mediante este procedimiento”. La Comisión Nacional de Gestión Judicial es la dependencia encargada de delinear políticas estratégicas y planes operativos que, mediante la incorporación de nuevas tecnologías y criterios de gestión, impulsan el rediseño de la organización del Poder Judicial. El paradigma que propone la Comisión se distingue por reconocer a la gestión judicial como una herramienta de apoyo a la labor de los jueces, así como también la búsqueda de una mejora continua en el trabajo que cotidianamente cumplen magistrados, funcionarios, empleados, auxiliares y abogados.

domingo, 1 de mayo de 2011

Testimonio para Inscripción de Embargo de Rodado Ley 22172

TESTIMONIO LEY 22172
TESTIMONIO LEY 22.172: “Buenos Aires, ……….. de ............ de ............ Decrétase el embargo preventivo sobre el rodado denunciado, siempre y cuando se halle a nombre del demandado, Señor….............................., hasta cubrir la suma de pesos …………… con más la de pesos …………., que se presupuestan provisoriamente para atender intereses y costas. A tal fin, líbrese el oficio de estilo, o el testimonio ley veintidós mil ciento setenta y dos, en su caso, dejándose constancia de las personas autorizadas para correr con su diligenciamiento y firmar las minutas de estilo. Firmado.: ….............................., Juez”. ---------------------------------------------------------
Lo testimoniado es copia fiel de su original obrante a fojas ……… de los autos caratulados “…......... c/….........., s/…........”, que tramitan por ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo ….................. …........., nº …........., a cargo del Dr. …..............................., Secretaría Única, a cargo del Dr……………., sito en la calle ….............................., de la Capital Federal.--------
El presente es expedido a fin de inscribir en el Registro Seccional Nro:……., sito en…………., de la localidad de………, Provincia de…………….., el embargo (preventivo/ejecutivo) ordenado por la suma total de $................(Pesos………..), respecto del rodado Dominio……………..,Marca…………. , cuya titularidad de dominio perteneciente al Sr…………………… DNI………………., domiciliado en………………………. .-------
Se deja constancia de que el señor juez interviniente es competente para entender en las presentes actuaciones en razón de la materia y jurisdicción.----- Se encuentran autorizados para correr con el diligenciamiento del presente y firmar las minutas de estilo los Dres. ….............................. y ….............................., en forma indistinta.-------------------------------------------- Dado, sellado y firmado, en la sala de mi público despacho, a los …......... días del mes de …........ de …........., en la ciudad de Buenos Aires.----------------------
(Firma y sello del juez y del secretario)
(Sello de aguas por la Cámara del fuero)

Testimonio para Inscripción de Embargo de Inmueble Ley 22172

TESTIMONIO LEY 22172
TESTIMONIO LEY 22.172: “Buenos Aires, ……….. de ............ de ............ Decrétase el embargo preventivo sobre el inmueble denunciado, siempre y cuando se halle a nombre del demandado, Señor….............................., hasta cubrir la suma de pesos …………… con más la de pesos …………., que se presupuestan provisoriamente para atender intereses y costas. A tal fin, líbrese el oficio de estilo, o el testimonio ley veintidós mil ciento setenta y dos, en su caso, dejándose constancia de las personas autorizadas para correr con su diligenciamiento y firmar las minutas de estilo. Firmado.: ….............................., Juez”. (1) ---------------------------------------------------------
Lo testimoniado es copia fiel de su original obrante a fojas ……… de los autos caratulados “…......... c/….........., s/…........”, que tramitan por ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo ….................. …........., nº …........., a cargo del Dr. …..............................., Secretaría Única, a cargo del Dr……………., sito en la calle ….............................., de la Capital Federal.--------
El presente es expedido a fin de inscribir, en la Dirección Nacional del Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires el embargo (preventivo/ejecutivo) ordenado respecto del inmueble sito en la calle ….............................., de la localidad de ………., Provincia de Buenos Aires, Matrícula/Folio Real nº: …........., Nomenclatura catastral: …..............................--------------------------------------------------------------------
Se deja constancia de que el señor juez interviniente es competente para entender en las presentes actuaciones en razón de la materia y jurisdicción.----- Se encuentran autorizados para correr con el diligenciamiento del presente y firmar las minutas de estilo los Dres. ….............................. y ….............................., en forma indistinta.-------------------------------------------- Dado, sellado y firmado, en la sala de mi público despacho, a los …......... días del mes de …........ de …........., en la ciudad de Buenos Aires.----------------------
(Firma y sello del juez y del secretario)
(Sello de aguas por la Cámara del fuero)

Solicitud de Sustitución de Embargo

SOLICITA SUSTITUCION DE EMBARGO. OFRECE BIENES. ADJUNTA DOCUMENTAL. OFRECE PRUEBA SUBSIDIARIA.
Señor Juez:
................................., abogado, T:…. F:…… del……….., CUIT:………………., Monotributista/Responsable Inscripto, Dirección de correo electrónico: …………………., TEL:………………….., con domicilio procesal en................................. (Ver Art. 40 CPCCN), Zona de notificación nro…….., en autos “……………………”, a V.S. respetuosamente digo: (ver Resolución nro. 132/2005 del Consejo de la Magistratura - ver Art. 47 del Reglamento para la Justicia Nacional-Acordada de la CSJN del 17/12/1952)
I. OBJETO.
Que en legal tiempo y forma vengo a solicitar la sustitución de bienes embargados por otros pertenecientes a mi mandante, conforme lo previsto en el Art. 535 CPCCN, y demás consideraciones fácticas y jurídicas que expondré, con costas en caso de oposición. (Art. 68, CPCCN)
II. HECHOS.
Mediante resolución de fecha………, de fs……., el señor juez ordenó el embargo ejecutivo/preventivo, sobre bienes muebles de mi mandante, hasta cubrir la suma de $................. (Pesos………)
En la diligencia de fs……, practicada el día… .en el domicilio de la calle………, perteneciente al establecimiento industrial de mi mandante, el señor Oficial de Justicia trabó embargo sobre los siguientes bienes muebles:
a) (1)
b)
En el domicilio mencionado, funciona la fábrica de………….. perteneciente a mi mandante, y los bienes embargados son muebles e instalaciones destinadas a dicha actividad industrial.
Esta circunstancia se encuentra prevista en el Art. 535 CPCCN y por ello, solicito se ordene el inmediato levantamiento del embargo sobre dichos bienes y se ordene la sustitución por los siguientes:
a) (2)
b)
El valor real de los mismos es superior al valor de los bienes embargados, según se acredita con (publicaciones especializadas/ factura de compra/otros) cubriendo holgadamente el monto del crédito reclamado, por lo que dicha sustitución en nada perjudica los eventuales derechos del acreedor.
Para el supuesto de desconocimiento de la presente documental, se ofrece en forma subsidiaria, prueba pericial tasadora a fin de que dictamine sobre el actual y real valor de venta de los bienes ofrecidos a embargo.
Solicito que, previa sustanciación con la parte interesada, se haga lugar al presente pedido de sustitución, con costas por esta incidencia, en caso de oposición. (Art. 69 CPCCN)
III. PETITORIO.
Por todo lo expuesto, a V.S. solicito:
1) se tenga presente el pedido de sustitución de bienes a embargo, y por ofrecida la prueba de su valor en forma subsidiaria.
2) se reserve la documental original en Caja Fuerte por Secretaría, adjuntándose copias para el expediente ; (VER ARTS. 1 A 6 DE LAS NORMAS COMPLEMENTARIAS DEL REGLAMENTO PARA LA JUSTICIA NACIONAL-ACORDADA DE LA CSJN DEL 17/12/1952)
3) previo traslado por el término y bajo apercibimiento de ley, se apruebe la sustitución solicitada, dejando sin efecto el embargo trabado sobre los bienes afectados en diligencia de fs…….y se ordene trabar embargo sobre los bienes que se ofrecen en el presente, con costas.
Provéase de conformidad, que
SERA JUSTICIA.
(Firma del letrado apoderado)

Solicitud de Inhibición General de Bienes

SOLICITA INHIBICION GENERAL DE BIENES.
Señor Juez:
................................., abogado, T:…. F:…… del……….., CUIT:………………., Monotributista/Responsable Inscripto, Dirección de correo electrónico: …………………., TEL:………………….., con domicilio procesal en................................. (Ver Art. 40 CPCCN), Zona de notificación nro…….., en autos “…………………….”, a V.S. respetuosamente digo: (ver Resolución nro. 132/2005 del Consejo de la Magistratura - ver Art. 47 del Reglamento para la Justicia Nacional-Acordada de la CSJN del 17/12/1952)
I. Atento el estado de autos, esta parte manifiesta que no le conoce bienes a embargo al ejecutado, según surge del informe negativo del Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal y de la Provincia de Buenos Aires.
Atento la naturaleza ejecutiva del crédito reclamado, y el carácter residual de la inhibición general de bienes, solicito se ordene trabar la misma sobre bienes del ejecutado hasta cubrir la suma de $........... (Pesos ............) en concepto de capital, más la que se presupueste provisoriamente para atender intereses y costas, para asegurar, de alguna manera, el cumplimiento de la sentencia de remate. Todo ello, conforme lo previsto en los Arts. 228 y 534 CPCCN.
II. Asimismo, se ordene librar oficio de estilo, ley 22172, en su caso, a los Registros de la Propiedad Inmueble y Automotor, de Capital y de Provincia de Buenos Aires, ya que el ejecutado ha estado domiciliado con anterioridad en el gran Buenos Aires.
A efectos de una correcta identificación del demandado, se denuncian los siguientes datos personales, a consignar en el oficio de inscripción: (SI ES PERSONA FISICA: nombre, apellido, documento de identidad, apellido materno; si es extranjero residente, su documento de identidad, número de pasaporte y país de origen; si es extranjero no residente, el número de documento del país de residencia/ SI ES PERSONA JURIDICA: razón social – nombre completo, independiente de la sigla utilizada - , domicilio legal y número de inscripción en la Inspección General de Justicia)
Se encuentran autorizados para correr con su diligenciamiento y firmar las minutas de estilo, los Dres………….y/…………., en forma indistinta.
III. PETITORIO.
Por lo expuesto a V.S., solicito:
a) se decrete la inhibición general de bienes del ejecutado, ordenando librar oficio y testimonio ley 22.172, en su caso, a los respectivos registros;
b) se tengan presentes las autorizaciones conferidas;
c) oportunamente, se haga saber al deudor la medida cumplida, a sus efectos (Art. 198 CPCCN.)
Téngase presente y provéase de conformidad, que
SERA JUSTICIA.
(Firma y sello del apoderado)